

El titular de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, saludó la advertencia de la SISALRIL contra cobros indebidos a afiliados del Seguro Familiar de Salud (SFS) y del Seguro de Riesgos Laborales (SRL), dirigida a prestadores de servicios de salud, ARS e IDOPPRIL.
El órgano defensor de los afiliados ha remitido a la Sisalril cientos de casos recibidos a través del programa DIDA 24 Horas Contigo, para su correcto accionar de conformidad a lo establecido en la Ley 87-01.
Dentro de los reclamos más frecuentes están los cobro de anticipos o depósitos, así como la retención de pacientes o documentos personales como garantía para la prestación de servicios de salud.
En su advertencia, SISALRIL recuerda que dichas prácticas violan los derechos de los afiliados y contravienen las disposiciones de la Ley 87-01 y varias resoluciones administrativas, entre ellas:
Resolución Núm. 156-2008: prohíbe el cobro de anticipos.
Resolución Núm. 00111-2007: obliga a respetar los copagos establecidos.
Resolución Núm. 175-2009: prohíbe cobros indebidos en el Régimen Contributivo.
Resoluciones Núm. 251-2023 y 255-2023: regulan el reembolso y pago de servicios en casos excepcionales.
Circular Núm. 040903: prohíbe la retención de pacientes y cadáveres o documentos por falta de pago de diferencias, advertencia contenida en la circular de la Sisalril.
Según la referida circular, la SISALRIL advierte que, en caso de comprobarse estas irregularidades, aplicará las sanciones correspondientes conforme al procedimiento administrativo establecido, incluyendo la suspensión de los Códigos Simón, que permiten a los prestadores formar parte de las redes de servicios de las ARS.
La medida emitida por ele órgano regulador del sistema, busca garantizar el respeto a los derechos de los afiliados al y reafirma la obligación de todos los actores del sistema de cumplir con la normativa vigente.