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El PLD esperará la sentencia para decidir primarias

Al Hecho. | El PLD tendrá que ajustar sus estatutos para hacer las primarias abiertas que aprobó el Comité Central el 27 de octubre del pasado año.

Partiendo del carácter vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional, la dirección del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) informó que espera recibir la sentencia integra del alto Tribunal Constitucional en la que se establece que los candidatos de los partidos deben ser escogido de acuerdo a lo que establecen los estatutos de esas organizaciones políticas.

“Lo que ha llegado hasta el PLD es las reseñas de los medios de comunicación de la sentencia del Tribunal Constitucional marcada con el número 14-19 que anula el párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18 de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, pero se requiere su texto completo para determinar los pasos a dar; una decisión que debe adoptar el Comité Político”, explica el PLD en un comunicado.

Según la nota del partido oficial, juristas del PLD y el equipo electoral procuraban este jueves la copia íntegra de la sentencia para analizar su contenido y hacer las recomendaciones correspondientes. El comunicado del PLD establece que ese partido reconoce el carácter vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional.

Mientras tanto dirigentes de esa organización adelantaron su parecer sobre la sentencia como el caso de Roberto Rosario, miembro del Comité Central y expresidente de la Junta Central Electoral (JCE), quien es de opinión que ahora la JCE tendrá que disponerse a revisar los Reglamentos elaborados a partir de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos 33-18 y la Ley de Régimen Electoral 15-19.

Opinan sentencia anula primarias

El miembro del Comité Central del PLD Roberto Rosario opinó que su partido tendrá que hacer una reforma estatutaria o hacer primarias cerradas que establecen los estatutos. Igualmente, dijo que luego del fallo la Junta Central Electoral tendrá que modificar el reglamento de aplicación de la Ley 33-18.

De su lado, el diputado Demóstenes Martínez sostuvo que la sentencia del Constitucional anula todas las decisiones del Comité Central que tomaron como base legal el párrafo tres del artículo 45 de la Ley de Partidos.

En la reunión del 27 de octubre del año pasado el órgano peledeísta aprobó las primarias abiertas y una reforma estatutaria que debía ser refrendada por el Congreso del PLD, pero seis meses después el PLD no ha hablado de cumplir con esa medida. El artículo 43 de los estatutos del PLD establecen que los candidatos se escogen con primarias cerradas.

¿Qué es y quiénes integran el Congreso PLD?

El Congreso del PLD figura en el artículo diez de los estatutos de la organización oficial y lo define así: “El Congreso es el más alto organismo de dirección del Partido y está integrado por todos los miembros del Comité Central, los Presidentes de los Comités Provinciales, Municipales, Intermedios, de Bloques de Comités Intermedios y de Circunscripciones Electorales y de las Seccionales”. El artículo 11 establece que el Congreso se reunirá ordinariamente una vez cada cinco años y extraordinariamente cuantas veces sea convocado por el Comité Central, el Comité Político o el 25% de los organismos que lo integran. El literal C del artículo 12 señala que es atribución de ese organismo aprobar o modificar los estatutos.

Cipel

La Corriente Institucionalista del Partido de la Liberación Dominicana (Cipel) definió como justa y aleccionadora la sentencia del Tribunal Constitucional que devuelve al mandato estatutario la autoridad para fijar la modalidad de elección y en qué organismo reside la competencia de elegir los candidatos a puestos electivos, decisión que tienen que acatar las cúpulas partidarias.

Cipel advierte que la sentencia del Tribunal Constitucional no es recurrible, por lo que solo existen dos opciones: acogerse a lo establecido en el artículo 43 de los estatutos del partido, retomando la condición original de escogencia de las candidaturas en primarias internas o cerradas o se convoca el IX Congreso, respetando las resoluciones del VIII Congreso Norge Botello que obliga a la renovación y multiplicación de todos los organismos intermedios inamovibles desde 2001, y con un mandato expreso que venció el 24 de noviembre de 2018.

Lista precandidatos se publicará el 26 de junio

La Comisión Nacional Electoral del PLD elaboró el reglamento para las precandidaturas que establece un cronograma para el registro de los aspirantes a cargos congresuales y municipales entre el jueves 13 de junio al domingo 16 junio y que para el 17 de junio y presentará la lista oficial de precandidatos el 26 de julio. El secretario nacional de elecciones del PLD, Danilo Díaz, dijo que inscripción de las precandidaturas se hará para que los aspirantes puedan hacer la precampaña que arranca el 7 de julio.

Primarias del PRM están apegadas a los estatutos

El secretario nacional de organización del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Deligne Ascensión, dijo que el fallo del Tribunal Constitucional no afecta esa organización porque el padrón interno está contemplado en sus estatutos y lo decidió el organismo competente para esos fines. En esa misma tesitura se refirió Eddy Olivares, vocero del expresidente Hipólito Mejía, quien afirmó que la decisión del PRM de hacer primarias cerradas cumple con los requisitos estatutarios de esa organización política.

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